El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que quienes no acudan a votar en el referéndum y consulta popular convocado para el 16 de noviembre de 2025 en Ecuador enfrentarán una sanción equivalente al 10 % del salario básico unificado (SBU), es decir 47 dólares, conforme a la normativa vigente para ciudadanos entre 18 y 65 años.
Marco legal y monto de la sanción
La normativa ecuatoriana contempla que el sufragio es obligatorio para ciudadanos de entre 18 y 65 años, y facultativo para adolescentes, adultos mayores y migrantes.
El CNE precisó que la multa por no acudir a votar sin justificación es del 10 % del SBU, lo que para 2025 equivale a 47.
La sanción se acumula si la persona tampoco votó en procesos anteriores y no justificó su ausencia.
Consecuencias adicionales y obligaciones
Además de la sanción por no votar, hay penalidades específicas para quienes integran las mesas electorales. Quienes son llamados como miembros de una JRV y no asisten pagan el 15 % del SBU (70,50). Por no asistir a la capacitación se impone la multa del 10 % del SBU (47).
La inobservancia grave como abandonar la mesa acarrea sanciones de entre 11 y 20 SBU (5 170 a 9 400).
Justificación de la multa y finalidad
La sanción tiene como objetivo principal asegurar una participación ciudadana adecuada y garantizar el desarrollo eficiente del proceso electoral. El monto del SBU se utiliza como referencia para fijar multas por incumplimientos de obligaciones electorales, incluyendo la no asistencia al sufragio.
Procedimiento para consultar y pagar
Los ciudadanos pueden verificar si tienen multas pendientes a través del portal del CNE “Consulta de Multas” con número de cédula y fecha de nacimiento. El pago se realiza en entidades bancarias habilitadas o a través de la red Facilito según el organismo electoral.
Contexto electoral: referéndum y consulta popular 2025
Los ecuatorianos están llamados a las urnas para decidir sobre cuatro preguntas en el referéndum y consulta popular programado para el 16 de noviembre de 2025.
El CNE reafirmó que los documentos válidos para votar incluyen la cédula y el pasaporte, aún si están caducados. En este contexto de campaña y cierre oficial tres días antes de la votación, se recuerda que la sanción por no votar sigue en vigor y que la multa de USD 47 aplica siempre que no exista justificación válida.
