El sector exportador reacciona con preocupación a fallo de la Corte Constitucional – La Palabra Quito

El sector exportador reacciona con preocupación a fallo de la Corte Constitucional – La Palabra Quito

La reciente coyuntura legal en torno al ámbito energético ha generado una ola de pronunciamientos en el país, iniciando con la postura del sector exportador. Para este gremio, la seguridad energética no es un tema menor, sino un factor absolutamente determinante para mantener la competitividad del Ecuador en los mercados internacionales y asegurar la continuidad de la actividad productiva nacional. Esta posición fue formalizada a través de un comunicado emitido por la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor), a propósito de los 50 años de la institución.

La inquietud surge a raíz de una reciente sentencia de la Corte Constitucional que declaró inconstitucional la disposición que permitía delegar servicios eléctricos al sector privado bajo la figura amplia de “interés público, colectivo o general”. Desde la perspectiva técnica de Fedexpor, esta decisión judicial reduce y limita el margen de acción necesario para canalizar, con la agilidad requerida, la inversión privada que el sistema eléctrico necesita en momentos de presión. Consideran indispensable que el país cuente con soluciones claras para fortalecer el sistema y asegurar el abastecimiento.

Alertas sobre el empleo y la respuesta constitucional

En la práctica, el gremio advierte que la medida podría dificultar la incorporación oportuna de capacidades complementarias para resguardar un servicio público esencial como la electricidad. Asegurar un suministro eléctrico confiable es vital no solo para las actividades cotidianas, sino también para sostener cerca de 1’300.000 fuentes de empleo formal vinculadas al área exportadora. Además, es crucial para proteger nuevas inversiones y mantener las operaciones que respaldan el crecimiento económico.

Frente a la circulación de información que consideró imprecisa sobre los alcances de la Sentencia 112-21-IN/25, la Corte Constitucional (CC) emitió una aclaración oficial este 11 de enero de 2026 desde Quito. El organismo máximo de control constitucional fue enfático al informar a la ciudadanía que su decisión no prohíbe la participación privada en el sector eléctrico ni paraliza los proyectos energéticos en curso. La entidad busca informar de manera clara y responsable el verdadero contenido de su decisión.

Lo que realmente declaró la sentencia

La CC explicó que la sentencia resolvió una demanda de inconstitucionalidad presentada en 2021 y que mantuvo vigentes la mayoría de reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica. Lo único que se declaró inconstitucional fue una causal legal específica para delegar actividades al sector privado: la que justificaba la delegación “cuando sea necesario para satisfacer el interés público, colectivo o general”. Esta expresión fue considerada incompatible con la Constitución por ser excesivamente amplia y vaciar de contenido el principio de que la participación privada en sectores estratégicos debe ser excepcional.

Por lo tanto, la sentencia no eliminó los mecanismos de delegación; permanecen vigentes las causales que permiten delegar cuando el servicio no pueda ser cubierto por empresas públicas o cuando se trate de proyectos de energías renovables no convencionales. La Corte Constitucional insistió en que la Constitución dispone que los sectores estratégicos sean gestionados por el Estado como regla general, permitiendo la participación privada solo en casos excepcionales definidos con precisión por la ley.

El alcance de la decisión judicial

Es importante destacar que la sentencia no anula las concesiones ya otorgadas, no detiene los proyectos que están actualmente en ejecución y tampoco impide nuevas delegaciones. La propia decisión establece expresamente que sus efectos son hacia el futuro y no afectan las delegaciones realizadas antes de su publicación en el Registro Oficial.

La Corte aclaró que esta decisión no guarda relación alguna con eventuales problemas de suministro eléctrico ni genera apagones. Su único propósito es asegurar que las reglas que rigen los sectores estratégicos respeten el carácter excepcional de la participación privada y se ajusten al mandato constitucional, reiterando su compromiso con la seguridad jurídica.

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